CONVENIO DE FINIQUITO Y LIBERACIÓN TOTAL
Convenio de finiquito de servicios · Derechos y obligaciones · Acapulco, Guerrero · 2026
Cláusula PRIMERA. ANTECEDENTES
Las partes reconocen que, con motivo de los trabajos de cancelería de aluminio y vidrio ejecutados en el desarrollo Residencial Las Olas, Acapulco, Guerrero, el Sr. David Martínez (Personal Miguel Acapulco) prestó servicios a favor de Vitrosa, generándose los conceptos y montos detallados en el Estado de Cuenta que se acompaña como anexo al presente finiquito, el cual las partes reconocen y firman de conformidad. Asimismo, las partes reconocen que existe un saldo a favor del Personal de $17,500.00 MXN, derivado de la diferencia entre los trabajos efectivamente realizados y los pagos, anticipos y préstamos entregados al Personal.
El presente documento tiene por objeto formalizar el finiquito, liquidación y extinción total de las obligaciones derivadas de los servicios prestados por el Personal, comprendiendo la totalidad de los trabajos ejecutados, materiales, mano de obra, adicionales y cualquier concepto relacionado con la relación de servicios existente entre las partes hasta esta fecha.
Cláusula TERCERA. MONTO DEL FINIQUITO
Vitrosa entregará al Personal, como finiquito y liquidación total del saldo a favor, la cantidad de $17,500.00 MXN (diecisiete mil quinientos pesos 00/100 moneda nacional), que cubre íntegramente el saldo pendiente conforme al Estado de Cuenta anexo. El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por el Personal o en efectivo, a elección de las partes.
Cláusula CUARTA. LIBERACIÓN TOTAL Y FINIQUITO
Con la recepción del pago señalado en la cláusula anterior, el Personal declara recibirlo a su entera satisfacción y da por finiquitado, liquidado y extinguido en su totalidad el monto correspondiente a los servicios prestados, liberando a Vitrosa, sus socios, representantes y empleados de toda responsabilidad, acción, reclamo o deuda derivada de dichos trabajos, ya sea por concepto de honorarios, materiales, mano de obra, horas extras, descanso semanal, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, utilidades, indemnizaciones o cualquier otra prestación.
Cláusula QUINTA. DESISTIMIENTO Y RENUNCIA A DEMANDAS
El Personal manifiesta expresamente su conformidad con el presente finiquito y, en consecuencia, desiste y renuncia a cualquier acción, demanda, reclamación o procedimiento —de carácter laboral, civil, mercantil o administrativo— que haya interpuesto o pudiera interponer en lo futuro ante cualquier autoridad judicial, laboral o administrativa, en particular y de manera enunciativa mas no limitativa, ante el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Guerrero, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), el Tribunal Laboral de Jurisdicción Local o Federal, o cualquier otra instancia nacional, estatal o municipal, en contra de Vitrosa, sus socios, representantes o empleados, derivado de los servicios objeto del presente finiquito. En caso de haber iniciado algún procedimiento, el Personal se obliga a desistirlo y darlo por concluido a la mayor brevedad.